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El presente taller tiene como objetivo entender la aplicación de las reglas de la ley 153 de 1887, a partir del estudio de los artículos 2, 3, 4, 8, 43, 44. Dicha ley constituye un pilar fundamental del derecho penal colombiano, al establecer principios esenciales en la protección de derechos de todas las personas en aplicación de las normas penales. En este principio se encuentra la no retroactividad y la ley en prejuicio de los condenados.
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Antinomias e interpretación de normas Dorian Antonio Arboleda Marín Bibiano Antonio Ocampo Hernández Luisa María Álvarez Ovalle Jairo Humberto Sandoval Tovar Fundación Universitaria Del Área Andina Introducción al derecho Bernardo Andrés Contreras Melo 30 de septiembre de 2024
INTRODUCCION El presente taller tiene como objetivo entender la aplicación de las reglas de la ley 153 de 1887, a partir del estudio de los artículos 2, 3, 4, 8, 43, 44. Dicha ley constituye un pilar fundamental del derecho penal colombiano, al establecer principios esenciales en la protección de derechos de todas las personas en aplicación de las normas penales. En este principio se encuentra la no retroactividad y la ley en prejuicio de los condenados. En este taller, nos enfocaremos en el análisis de los artículos 2, 3, 4, 8, 43 y 44 de la Ley 153 de 1887, los cuales proporcionan directrices claras sobre la aplicación de la ley penal y su interpretación. A través de un caso hipotético que ejemplifique una confusión legal, exploraremos cómo estas reglas pueden influir en la resolución de situaciones concretas, destacando la importancia de la seguridad jurídica y la justicia en el ámbito penal. Al presentar este caso, se busca no solo aplicar los principios establecidos en la ley, sino también reflexionar sobre su relevancia en el contexto actual, considerando los cambios en las normativas y su impacto en los derechos de los ciudadanos. Con esta actividad, nosotros tendremos la oportunidad de analizar de manera crítica la normativa penal y su aplicación práctica, fortaleciendo así su comprensión del sistema jurídico colombiano. Caso Hipotético En diciembre de 2023, se promulga un nuevo Decreto en Colombia que despenaliza el consumo de sustancias psicoactivas para uso personal y establece sanciones administrativas en lugar de penas privativas de libertad. Este Decreto 2114 entra en vigor el 7 de diciembre de 2023 , en su Artículo 1. Derogatoria. Derogar el Decreto 1844 de 2018 , "Por medio del cual se adiciona el Capítulo 9 del Título 8 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1070 de 2015, “Decreto
La ley penal que existía en el momento de los hechos antes del 7 de diciembre de 2023 consideraba la posesión de las sustancias, como un delito penal, lo que llevo a la condena de Miguel. Sin embargo, el nuevo Decreto la despenaliza. La ley 153 de 1887 establece que las leyes penales más severas, no pueden aplicarse de manera retroactiva. Claramente el nuevo Decreto es más benévolo, ya que despenaliza el consumo personal y convirtió un delito en una sanción administrativa en virtud a la ley 153 de
3. Principios de Derecho Natural (Artículo 4): La defensa puede apelar a los principios de derecho natural, argumentando que es injusto que se le mantenga la condena cuando la legislación ha cambiado para favorecer un enfoque más humano hacia el consumo personal. 4. Aplicación de Leyes Similares (Artículo 8): Si no hay una ley exactamente aplicable al caso de Miguel, su defensa podría solicitar que se consideren normas que regulen materias semejantes, argumentando que este nuevo Decreto establece un precedente que debería beneficiar su situación. 5. Ley Favorable o Permisiva (Artículo 44): La defensa de Miguel también puede sostener que el nuevo Decreto, al ser más permisivo, debería aplicarse en su caso, favoreciendo su liberación a pesar de que el hecho ocurrió antes de su promulgación. Alternativas de solución