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El Juez Eduardo Ferrer explica en su voto razonado al Caso Cabrera y Montiel la existencia de una asimilación de conceptos del Derecho Constitucional al derecho internacional y una internacionalización del Derecho Constitucional. Se presentan los modelos de control constitucional, sus características y ejemplos en diferentes países, como Francia, Alemania, Italia, España y Estados Unidos, incluyendo el control difuso, concentrado y dual o paralelo.
Tipo: Apuntes
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UNIDAD 1 ASPECTOS GENERALES
JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
Gómez)
JURISPRUDENCIA
(^) Artículo 216.LAM La jurisprudencia por precedentes obligatorios se establece por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, funcionando en Pleno o en Salas. La jurisprudencia por reiteración se establece por los tribunales colegiados de circuito. Artículo 216.LAM La jurisprudencia por contradicción se establece por el Pleno o las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por los plenos regionales
JURISPRUDENCIA (^) Artículo 217LAM. .. (^) La jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación será obligatoria para sus Salas, pero no lo será la de ellas para el Pleno. Ninguna sala estará obligada a seguir la jurisprudencia de la otra. (^) La jurisprudencia que establezcan los plenos regionales es obligatoria para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas de su región, salvo para la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los plenos regionales.
JURISPRUDENCIA
Épocas de la jurisprudencia PRIMER PERIODO (JURISPRUDENCIA HISTÓRICA) PRIMERA ÉPOCA
Épocas de la jurisprudencia Aplicable SEGUNDO PERIODO (JURISPRUDENCI A APLICABLE) QUINTA ÉPOCA Del 1o. de junio de 1917 al 30 de junio de 1957
CONTROL CONSTITUCIONAL Los medios de control constitucional han sido clasificados en orden al órgano que los realiza; aquí presentamos los modelos más comunes.
CONTROL CONSTITUCIONAL Por órgano político: En este caso, el control constitucional se asigna un órgano distinto a los de los poderes constituidos, el cual necesariamente se coloca por encima de ellos.
CONTROL CONSTITUCIONAL En nuestro país tenemos este tipo de control para órgano político con el Supremo Poder Conservador establecido en la Constitución Centralista Mexicana en 1836, el cual se integraba por cinco individuos y tenía entre otras facultades: I. Declarar la nulidad de una ley o decreto II. Declarar, excitado por el Poder Legislativo o por la Suprema Corte de Justicia, la nulidad de los actos del Poder Ejecutivo III. Declarar en el mismo término la nulidad de los actos de la Suprema Corte de Justicia.
CONTROL CONSTITUCIONAL
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