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Acto o negocio jurídico - Colombia (apuntes), Apuntes de Derecho Civil

Apuntes de la materia negocio jurídico (Derecho civil). Con metodología que facilita la comprensión y retención de conceptos, contiene mapas, tablas, graficas, colores e imágenes. Con base en legislación y jurisprudencia Colombiana y doctrina. Temas contenidos: Acto, negocio y hecho jurídico. Historia de la voluntad privada. Elementos de contrato. Existencia y validez de los contratos (simulación, oferta, capacidad, objeto y causa lícitos, lesión enorme). Tipos de contratos y pactos.

Tipo: Apuntes

2021/2022

A la venta desde 20/11/2022

AndreaPp1
AndreaPp1 🇨🇴

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Teoría del acto o
negocio jurídico
DERECHO
CIVIL
Recurso
Andrea Patiño Pérez
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¡Descarga Acto o negocio jurídico - Colombia (apuntes) y más Apuntes en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

Teoría del acto o

negocio jurídico

DERECHO

Recurso^ CIVIL

2

  1. Acto o negocio jurídico.
  2. Funcionamiento de las normas.
  3. Situaciones jurídicas (simples y complejas).
  4. Teoría bipartita, Teoría tripartita.
  5. Voluntad Privada.
  6. Concepción racionalista.
  7. Orden público. a. Como barrera. b. En el código civil.
  8. Intervencionismo de estado
  9. Elementos del contrato
  10. Acción de cumplimiento, acción resolutoria a. Requisitos invocación
  11. Clausula penal a. Función b. Quienes pueden demandarla c. Clausulas leoninas
  12. Pactos
  13. Saneamientos por evicción y vicios redhibitorios a. Perjuicios al…
  14. Clasificación actos jurídicos y contratos
  15. Resolución de actos típicos y atípicos (cómo se resuelven)
  16. Ejecución instantánea, ejecución sucesiva, pagos escalonados a. Teoría de la imprevisión de la revisión contractual
  17. Existencia y validez
  18. Teorías a. Prevalencia de la voluntad interna o real b. Prevalencia de la declaración c. Responsabilidad d. Buena fe e. En Colombia
  19. Simulación a. Término b. Acto simulado, acto nulo c. Simulación absoluta y relativa d. Testaferrato e. Simulación relativa elementos/formas f. Medios de prueba g. Requisitos h. Titulares de la acción simulatoria.

4 Acto o Negocio jurídico

Manifestación de voluntad directa y

reflexivamente encaminada a

producir efectos jurídicos

Voluntad

Producir: Efectos Jurídicos

Hipótesis de situación

Ej: Homicidio

Conlleva

Pena de prisión

Hipotético

Imperativo

Ocurre / existe

Homicidio

Regresión a la norma

Imposición de pena a la

situación presupuesta

=

Imperativo

Hipotético

=

Teoría del

funcionamiento

de las normas

Efectos jurídicos

Donde está el

acto jurídico

o ¿Qué función cumple dentro de la teoría? Acto jurídico = Situación jurídica

En 1. Y 5. Es decir, en la norma jurídica y en su

funcionamiento, se presenta como Presupuesto y/o

elemento hipotético ( 1. ), sobre el cual se imponen los

efectos jurídicos ( 5.) (Ley. 1996/19. Art 3 ° inciso 1.) Funcionamiento de las normas

5 Ubicación en otras palabras Norma jurídica Funcionamiento

 Presupuesto

 Elemento^ hipotético

 Se le imponen efectos jurídicos

R/= El acto Jurídico se ubica en la norma jurídica y su funcionamiento, como elemento hipotético o presupuesto, sobre el cual se aplican los efectos jurídicos Situaciones jurídicas Cualquier acto o hecho que ponga en movimiento una norma jurídica. Interviene la voluntad No interviene la voluntad Simples Se compone de un acto o un hecho que por sí solo produce efectos. EJ: un aluvión (hecho jurídico) Complejas Se necesita de acto y hecho, ambos o varios para producir efectos. EJ: Nacimiento (hecho jurídico), que trae consigo el registro civil (acto jurídico) Hecho jurídico: Pasa por hecho de la naturaleza y produce efectos se quiera o no. Acto jurídico: las partes (los agentes) tienen la voluntad de hacer el acto, pero no quieren los efectos jurídicos. Negocio jurídico: Las partes tienen la voluntad de hacer el negocio y quieren sus efectos. La teoría tripartita es la también llamada teoría Alemana, no usada en Colombia. Las partes Son quienes hacen parte del contrato, por ejemplo, acreedor y deudor. En la teoría bipartita, la teoría francesa, acto jurídico es a lo que en la tripartita se llama negocio jurídico, y hecho jurídico acumula las definiciones de acto y hecho jurídico.

7 Filosofía-política que consistió en velar por la libertad de los actos de los particulares en su máxima expresión, reduciendo el estado al papel de gendarme (policía) y las leyes a un papel meramente pasivo, encargadas de examinar la existencia e interpretar la voluntad de los agentes, no de imponer. RACIONALISMO Ciudadano Ultra individualista El ciudadano en arbitro Estado Mero protector de las libertades omnímodas (absolutas) de los particulares. Papel pasivo, casi espectador. Ley Orden público “Conjunto de condiciones de seguridad, tranquilidad y salubridad que permiten la prosperidad general y el goce de los derechos humanos” (Corte constitucional de Colombia, sentencia C-435 de 2013). El orden público tomó la forma de barrera protectora de los intereses de los particulares, desarrollado en medio del ambiente racionalista, no era impositivo, ni protector del bien común, era un orden inmutable, rígido. Orden público como barrera Critica al orden público como barrera

La sociedad es por esencia

flexible y variable, cambia

con el tiempo, necesita un

orden público como tal,

elástico y flexible, no una

barrera rígida e inmutable.

Concepción racionalista

8 En una parte… Toma base en la concepción racionalista. La voluntad privada toma gran campo. Por otra parte… Sometida al control jurisdiccional. Subordinación de la voluntad privada al interés general. Intervencionismo de estado El estado interviene y legisla (se le da facultades excepcionales) cuando hay situaciones extraordinarias como los estados de conmoción (Guerra exterior, conmoción interior, emergencia económica, social y ecológica) Elementos del contrato Esenciales Naturales Accidentales Los mínimos requeridos para dar existencia al contrato (ir a la tabla de existencia) EJ: En una compraventa son la cosa y el precio; en un matrimonio, las personas. Son los que se deben añadir al contrato para que pertenezcan a él, como las cláusulas, pactos. EJ: clausula penal, pacto comisorio (pág. 9) Se entienden por pertenecerle, el contrato los trae consigo así no se estipulen, como el saneamiento. EJ: Saneamiento por evicción (pág. 10) (Art. 1501 C.c.) Acción de cumplimiento (^) = Acción resolutoria Tanto la acción de cumplimiento como la acción resolutoria están contenidas en el artículo 1546 del C.c. Pero el término “acción de cumplimiento” no está escrito tal cual, está escrito como “cumplimiento”. (Art. 1546 C.c.)

Efectos

jurídicos

Crear, modificar y extinguir relaciones. Consecuencias producidas de las situaciones jurídicas. Orden público en el código civil

10 Pactos. Intereses Pacto en el que se estipula el cobro de intereses por mora. (Si no se pacta el porcentaje de intereses, se fija el 6% anual) Retroventa

Se hace la venta del

bien con la

condición de luego

poder recuperarlo y

por el mismo valor.

Arras

Se da algo en prenda,

como garantía, del

complimiento. (similar

al plan separe)

Comisorio

No pagándose el

precio al tiempo

estipulado (mora), se

resuelve el contrato

(pág. 9) Preferencia La persona con la que se pacte será la preferida a la hora de vender un bien, sin embargo, si hay ofertas más onerosas, deberá pagar ese precio o podrá vendérsele a otro. Venta con reserva de dominio Se vende y entrega el bien sin transferir el dominio hasta que la totalidad del precio sea pagado. Calificado (Art. 1937 C.c.) El comprador podrá hacer subsistir el contrato pagando en las 24 horas de declarada la resolución. Simple (Art.1935 C.c.) El anterior. Saneamiento El vendedor sanea la cosa cuando el comprador es privado de ella, por un tercero, por sentencia judicial. El vendedor sanea la cosa por vicios ocultos que existían y él conocía antes de la celebración del contrato. Por ejemplo, daños en la caja de combustión de un carro. Por Evicción Por Vicios redhibitorios

Afecta al dominio Perjuicios Afecta^ al^ uso^ y^ goce.

(Art. 1893+ C.c.) (Art. 2230+, 1859+, 1939+, 1935+ C.c.)

11 Acto = Contrato

Todo contrato es un acto, pero no todo acto es un

contrato.

Actos Contratos Unipersonal Convencional Informal Formal Típicos/ Nominados Atípicos/ Innominados Gratuitos Onerosos Aleatorios Conmutativos/no aleatorios Unilateral Bilateral Consensual Solemne Gratuitos Onerosos Aleatorios Conmutativos/no aleatorios Reales Pre estipulados Por adhesión Relativos Colectivos Ejecución instantánea, ejecución sucesiva Pagos escalonados Convención Contrato Género Especie

Las obligaciones

son recíprocas.

Crean, modifican

o extinguen

obligaciones.

Solo crean

obligaciones.

Modificar contrato = Convención (Art. 1495 c.c)

13 ANDREA PATIÑO PÉREZ Acto y contrato aleatorio Acto^ y^ contrato^ no aleatorio/conmutativo Se desconocen el monto de las prestaciones al momento de la celebración, son aleatorias. Por ejemplo, una permuta(intercambio) de cosechas. Se conoce el monto de las prestaciones en la celebración. Y se mira como equivalente. Por ejemplo, una compraventa. Contrato real Contrato^ pre estipulado Se perfecciona con la tradición de la cosa. Se discuten las cláusulas y todo lo relacionado al contrato antes de la celebración. Una de las partes construye el contrato, la otra decide si adherirse o no, decir si o no. Por ejemplo, un servicio de telefonía Contrato por adhesión Contrato de Ejecución instantánea Contrato de Ejecución sucesiva Contrato de pagos escalonados Las obligaciones se cumplen de una sola vez, al momento de la celebración. Por ejemplo, una compraventa de contado. Las obligaciones surgen y se cumplen con el paso del tiempo, por ejemplo, un arrendamiento. Fusión de ejecución instantánea y sucesiva, una de las obligaciones se cumple al instante la otra con el tiempo. Por ejemplo, sacar algo fiado. No se sabe con certeza el resultado de un cultivo cuando aún no ha cosechado. Cabe resaltar que en el arrendamiento se presta la vivienda con el paso del tiempo, así como la obligación de pagar, por esto se diferencia de pagos escalonados.

14 Se sigue como un paso a paso hasta que alguna de las opciones funcione. Si con el primer paso funciona, no hace falta seguir los demás y así mismo con cada paso. ¿Cómo se resuelven los actos típicos?

  1. Normas de orden público
  2. Ver clausulas pactadas y cuales chocan con la ley.
  3. Reglas generales propias del contrato
  4. Reglas generales del contrato.
  5. Por analogía con la jurisprudencia (únicamente en derecho privado)
  6. Doctrina.
    1. Leyes imperativas.
    2. Clausulas estipuladas por las partes.
    3. Reglas generales de los actos/contratos.
    4. Reglas propias del contrato más próximo o semejante.
    5. Doctrina.
    6. Analogía con jurisprudencia.
    7. Libre interpretación del juez. ¿Cómo se resuelven los actos atípicos? El juez puede terminar los efectos a futuro No se puede resolver. Ejecución instantánea Ejecución sucesiva El único que presentará situaciones extraordinarias, imprevisibles, posteriores. =

Art. 868, Código de

comercio.

1. Recuperar la

equidad.

2. Ordenar la

terminación.

El juez puede, en caso de incumplimiento en ejecución sucesiva

Recordemos…

La resolución del contrato es traer las cosas a como antes de la celebración. (pág. 9.) Pero…  No aplica para contratos de ejecución sucesiva. (pág. 13.)  Sí aplica para contratos de ejecución instantánea  También aplica para contratos de pago escalonado.

16 Existencia

Manifestación de

voluntad

Objeto genérico

Elementos de la esencia del contrato

Causa real

Solemnidades

 Teorías sobre la voluntad.  Simulación.  Oferta.  Valor jurídico del silencio.

Manifestación y/o declaración

de la voluntad

Declaración y voluntad corresponden al elemento externo e interno consecutivamente, siendo el interno la voluntad real de los agentes y el externo la exteriorización de esta voluntad que se traduce en actos jurídicos.  Teorías sobre la voluntad

Voluntad (intención)

Declaración

(exteriorización)

  1. Teoría de la prevalencia de la voluntad interna o real La voluntad tomada como elemento más relevante en el acto/negocio jurídico. La real intensión.
  2. Teoría de la prevalencia de la declaración. Prevalencia o importancia de la declaración, por encima de la voluntad interna. Critica a las teorías 1. La confianza de un negocio jurídico se vería burlada si la eficacia se funda en el campo inaccesible del fuero interno. 2. La falta de vínculo con los antecedentes anímicos, que la producción de los efectos se deba al acto mismo y no a la verdadera intención de los agentes. Declaración de la voluntad

17

Cuáles se

siguen en

Colombia

Cómo teoría principal está la teoría de la prevalencia de la voluntad También se usan la protección a la buena fe y la responsabilidad.

  1. Teoría de la responsabilidad Las partes deben hacerse responsables de sus obligaciones, en caso de no cumplir la teoría ofrece como solución la indemnización de los perjuicios.
  2. Teoría de la buena fe Se explica como la importancia de los presupuestos de confianza y buena fe, si estos faltan la teoría de la prevalencia de la declaración debe ser descartada.

Es el acto/ negocio simulado, el acto aparente, que puede

esconder el verdadero negocio entre las partes y mostrar una

imagen diferente al público, o puede simplemente no existir en

absoluto un verdadero negocio.

Uno de los ejemplos más cotidianos es el del familiar casado que pone sus propiedades a nombre de su mamá, o los padres que pasan la propiedad a nombre de los hijos por medio de una compraventa (supuesta venta) que en realidad tendría que ser donación porque no hubo dinero de por medio.

¿Por qué no es propiamente un acto nulo?

Porque para ser nulo (generar nulidad (ver VALIDEZ y SANCIÓN A LOS ACTOS)) debe carecer de los elementos de la validez, y la simulación cuenta tanto con los elementos de la existencia como de la validez. Así mismo, en Colombia la simulación es legal, el único artículo existente acerca de la simulación, en el código civil, es el 1766. Simulación absoluta El acto oculto es inexistente y no produce efectos, pero se da la apariencia de un acto existente. Simulación relativa El acto oculto es real y genera efectos, pero son diferentes al acto aparente, de este existen distintos tipos. Interposición de persona Acto real, el engaño solo va entorno a la persona, en esta clase de simulación figura un testaferro.  Simulación (Art. 1766 C.c)

19 Acción de simulación

Se usa para

demandar la

simulación

Titulares de la acción de simulación (los que la pueden demandar)

Inter partes o terceros

Causahabientes a título

singular de las partes y sus

acreedores quirografarios.

Herederos

 Oferta Acreedor quirografario Titular de documentos que no requieren formalidades, pero soportan obligaciones. Ser: Seria. Completa. Voluntaria. Exteriorizada. Determinada. (Capitulo III, código de comercio)

Propuesta que se le hace a 1. una persona,

personas determinadas o 2. público en

general, para hacer un negocio.

  1. Individual o particular
  2. Policitación

Requisitos

Según el art. 845 del código de comercio

  1. Proyecto de negocio que una persona formule a otra.
  2. Debe contener los elementos de la esencia del contrato.
  3. Ser comunicada al destinatario.

En Colombia…

La oferta es obligatoria. Tal como dice el artículo 846 del c.co, es irrevocable, y se debe indemnizar por los perjuicios causados por su revocabilidad, también la vigencia de la obligatoriedad aun cuando muera el proponente. Requisitos / condiciones

1. Divergencia entre la voluntad y la declaración: Lo que se

expresa/exterioriza es diferente que se siente/quiere.

2. Concierto simulatorio: las partes hacen un concierto, se ponen de

acuerdo en torno a lo que quieren y lo que simularan.

3. Engaño a terceros: el objetivo principal es engañar al público para

encubrir el acto verdadero.

20 Quien formula la oferta. Policitación

Va dirigida al público en

general.

En este caso, la oferta es obligatoria para el proponente, más no para el público, es decir, el público no tiene que responder a esta. Oferta individual

Va dirigida a una persona

o un grupo en específico.

La o las personas a quienes es dirigida deben responder a la oferta, ya sea aceptándola o rechazándola. De igual modo, el proponente debe respetar la oferta en el plazo establecido, siendo obligatoria durante este.

Verbal

Escrita

La distancia de llegada del mensaje más 6

días, si es vía correo electrónico o

cualquier medio instantáneo, solo los 6

días. (Art. 851 C.co)

Debe ser contestada en el momento en

que se oiga (entre presentes), por vía

telefónica es equivalente a oferta entre

presentes. (Art. 850 C.co)

Términos para responder a la oferta Proponente Los términos anteriores aplican cuando el proponente, o de forma consensual no se ha establecido un término ( Art. 853 C.co)

Verbales.

Escritas.

Se deducen, se dan a entender.

En concordancia con el contexto, con las circunstancias. Por ejemplo, En un pueblo, un marrano amarrado significa que lo están ofreciendo. Expresas Tácitas