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Caso y análisis sobre: Juan Pérez, un cristiano practicante, falsificó un documento para hacerse del dinero necesario para pagar por la operación de corazón que requería su menor hijo, José, para vivir. Una vez realizada la operación y habiéndose preservado la vida de José, el afectado por el ilícito lo denuncia ante las autoridades. Iniciado el proceso penal, Juan llega a un acuerdo de pena con el Ministerio Público, en virtud del cual se le impone una pena de 3 años de cárcel.
Typology: Essays (university)
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Universidad Del Istmo
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Licenciatura en Derecho Y Ciencias Políticas
Ensayo
Engels Frederick Tinoco López 8-999-
Es un cristiano practicante, al el señor Juan Pérez ser un cristiano practicante podemos asumir de que se rige por ciertas doctrinas más estrictas que enseña el cristianismo tales como lo son los mandamientos impuestos en esa religión por Dios.
falsificó un documento para hacerse del dinero necesario para pagar por la operación de corazón que requería su menor hijo, José, para vivir. El Sr Juan Pérez al momento de falsificar documentos esta cometiendo un crimen el cual es penado por ley, de igual forma es en contra de los mandamientos del cristianismo específicamente el noveno mandamiento que hace referencia a no mentir o engañar.
Lo siguiente sería una motivo que no justifica el crimen pero es una motivo comprensible para la mayoría de las personas, mas no significa que sea correcto. Lo que hizo fue para salvar la vida de su hijo, por lo que puede ser que el juez y el jurado puedan tomarlo en consideración a la hora de designarle su sentencia en caso de ser encontrado culpable, esta pudo ser una de las razones porque se haya atrevido a cometer un crimen para salvar la vida de su hijo.
Una vez realizada la operación y habiéndose preservado la vida de José, el afectado por el ilícito lo denuncia ante las autoridades. Aquí entramos en otro dilema “la vida humana”, ¿Cuánto vale una vida humana?, desde mi perspectiva la vida humana no tiene precio, es algo que no se puede cuantificar, pero no exime de los actos cometidos para preservarla. Al afectado por el ilícito haber denunciado a las autoridades estaba haciendo cumplir sus derechos, porque él fue la víctima de una falsificación con pérdidas monetarias, perdidas de las cuales asumo no estaba planeando en perder.
Iniciado el proceso penal, Juan llega a un acuerdo de pena con el Ministerio Público, en virtud del cual se le impone una pena de 3 años de cárcel.
Al no saber si el Sr Juan Pérez falsifico documentos públicos o privados no podría señalar con claridad si el jurado le dio la pena mínima o una pena media, ya que en el “Artículo 287º.- Falsedad material en documento público. Indica lo siguiente:
El que falsifique documento público que pueda servir de prueba, incurrirá en prisión de tres (3) a seis (6) años.
Si la conducta fuere realizada por un servidor público en ejercicio de sus funciones, la pena será de cuatro (4) a ocho (8) años e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a diez (10) años”.
Y el “Artículo 289º.- Falsedad en documento privado. Indica lo siguiente:
El caso del Sr Juan Pérez es complicado a niveles éticos, morales, legales. Si bien es cierto lo que hizo estuvo mal, mas no fue por razones egoístas o bienestar propio sino para el de un ser querido que en este caso es su hijo. El Sr Juan Pérez al final obtuvo sentencia, por el cual se hizo justicia ante su crimen.
Desde mi punto de vista esto sería un caso más de hacer cosas indebidas por las razones correctas, el derecho se debe de ver en grises creo que no se debería de ver en blanco y negro. Mas no digo que estén bien cometer crímenes, pero es comprensible hasta cierto `punto lo que hizo pero cayó en el incumplimiento de las leyes por lo que se debe de hacer justicia.
Código Penal, A. 4. (s.f.). Recuperado el 14 de abril de 2021, de http://www2.congreso.gob.pe/sicr/tradocestproc/clproley2001.nsf/pley/ 008A0D3E99905256E6A006CB1A6?opendocument